Contratos Mercantiles

Lo que debes saber:

  • Muchas veces los pequeños empresarios, con el propósito de conservar a los clientes, somos muy flexibles para que se nos pague un servicio, pero... ¿cuántas veces hemos escuchado que el cliente nunca regresó?, ¿o que se niega a apagar lo pactado pues considera que el servicio vale menos?
  • Para proteger la relación laboral de ambas partes, dentro del área legal de una empresa se desarrollan los contratos mercantiles, los cuales regulan los actos de comercio y crean las obligaciones que pueden ser exigibles ante la autoridad judicial, siempre que el objeto del contrato sea lícito
  • En este artículo, veremos en detalle todo acerca de contratos mercantiles, características, implicancias y formas de realizarlo. ¡Te invitamos a leerlo completo y a comentarnos que te ha parecido!

📚
Definición de Contratos mercantiles:

“Los contratos son mercantiles intrínsecamente cuando la cualidad mercantil es inherente a la naturaleza misma y a la función económica característica de la operación, y son de mercantilidad condicionada cuando per se no sean mercantiles, sino en atención al sujeto (comerciante), al objeto (cosas mercantiles), al fin (especulación comercial), a su casa o por disposición de ley. Son actos empresariales y, en sentido estricto, actos de interposición en el cambio de mercancías, títulos, crédito, empresa, riesgos, de banca, seguros, fianzas y en general de sistema financiero.” (Soyla H. L. T., 2016)

¿Qué son contratos mercantiles? 

Primero debemos mencionar que un contrato es un acuerdo o convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones entre sus firmantes, por ello, como todo contrato, el contrato mercantil es un acto jurídico bilateral que genera derechos y obligaciones exclusivamente de carácter mercantil y que son recíprocos entre las partes. Estos contratos se rigen por el Código de Comercio o por leyes especiales. 

Para diferenciarlos de los contratos civiles debe quedar claro que los contratos mercantiles deben tener por objeto la realización de uno o más actos de comercio, entendido el acto de comercio como la actividad mercantil que realizan las personas con la finalidad de intercambiar en el mercado bienes y servicios. Por mencionar algunos se incluyen las compraventas de bienes, operaciones bursátiles y de seguros, los actos inherentes a trasporte, turismo, manufactura, editoriales, casa de empeño, títulos de crédito, comisiones, entre otros. 

¿Para qué sirven los contratos mercantiles?

Los contratos mercantiles disponen de normas específicas para regular las relaciones comerciales a gran escala, relacionadas con el nacimiento, ejecución y cumplimiento de los mismos.  Un contrato mercantil sirve para asegurar tus actos de comercio, es decir le da formalidad y certeza a los acuerdos en los que una parte ofrece unos servicios o productos a cambio de una prestación económica determinada, sujetándose a las normas del Código de Comercio.

Si una de las partes contratantes no cumple con las obligaciones pactadas en el contrato, la otra parte podrá exigir el cumplimiento del acuerdo y la pena de indemnización prescrita en el documento.

Las personas que pueden celebrar contratos mercantiles son:

  1. Los comerciantes, personas físicas y morales que según las leyes sean aptos para contratar y obligarse, y a quienes las leyes no prohíban expresamente la profesión del comercio.
  2. Las personas que con o sin establecimiento fijo, hagan alguna operación de comercio, aunque no sean en derecho comerciantes.

Clasificación de los contratos mercantiles

La clasificación de los contratos mercantiles depende de las características del mismo, en el derecho mexicano se clasifican de la siguiente manera:

  1. Unilaterales y bilaterales. Un contrato es unilateral cuando solo una de las partes se obliga para con otra, la cual que no contrae obligación alguna. Los bilaterales se dan cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.
  2. Onerosos y gratuitos. En el oneroso cada parte recibe un beneficio a cambio de una contraprestación actual o futura, mientras que en el gratuito se da cuando sólo tiene la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen.
  3. Solemnes y consensuales. Es solemne cuando está sujeto a cumplir ciertas formalidades especiales, donde, sin ellas no se produce ningún efecto. Es consensual, cuando se perfecciona por el solo consentimiento de las que partes.
  4. Principales y accesorios. El contrato principal es aquel que tiene vida propia e independiente, pues no depende de otro, subsiste por sí mismo. Los accesorios, son los contratos cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de una obligación preexistente.
  5. De Suministro. Son aquellos donde una parte asume la obligación de cumplir prestaciones periódicas y continuas durante un término determinado y por un precio fijado.

Características de los contratos mercantiles

En los contratos mercantiles las partes se obligan en los términos establecidos en el mismo contrato y en la forma en que quisieron obligarse. Sin embargo hay casos en los cuales la ley exige determinadas formalidades, como aquellos que deban constar en escritura pública o requieran de solemnidades para su eficacia, o en el caso de contratos celebrados en país extranjero en que la ley exige escrituras, formas o solemnidades determinadas para su validez, aunque las leyes mexicanas no las exijan.

Como elementos mínimos, un contrato mercantil debe contener:

  • Un objeto, nunca podrá ser uno que se encuentre fuera del comercio o que sea contrario a la ley.
  • Consentimiento, acordar voluntariamente el contenido y los términos de su Contrato.
  • Una causa, motivo por el cual las partes deciden entablar la relación y la finalidad contractual que persigue cada parte.

Elementos de los contratos mercantiles

Los contratos mercantiles deben constar por escrito, en la mayoría de los casos, y debe contener los siguientes elementos:

  • Una correcta identificación de las partes.
  • El lugar y la fecha de la firma de cada parte. (Cada parte puede firmar el contrato en lugar y fechas distintas).
  • El periodo de duración de la relación contractual y las consecuencias de su terminación.
  • Las obligaciones y derechos de las partes.
  • El precio y la forma de pago.
  • La forma de entrega y de recepción de los bienes/servicios (identificado cuando se transmite el riesgo y la propiedad).
  • La ley aplicable y la jurisdicción competente.
  • Anexos que aclaren la relación entre las partes.

Beneficios de contar con contratos mercantiles

Al ejercer tus actividades económicas mediante contratos mercantiles tendrás tranquilidad, pues mínimas los riesgos, te da estabilidad y aseguras tus ingresos. Puedes exigir su cumplimiento de manera extrajudicial y si no se alcanza el cumplimiento, se tiene la certeza de cumplimiento a través de los medios judiciales. Además, si dentro de las cláusulas del contrato se estableció una pena o indemnización, en caso de incumplimiento, esta es exigible.

Estrategias de un contrato mercantil 

No hay una línea que seguir para la elaboración de tu contrato, es muy importante que las cláusulas sea adecuadas al negocio que pretendes realizar, el contrato debe ser una especia de traje a la medida, pues te servirá para salvaguardar tus intereses y tu patrimonio.  

Para tener la máxima protección es importante contar con una adecuada asesoría, se pues se debe recurrir a un experto, como un abogado mercantil, para protegerte.

Tipos de contratos mercantiles 

Contrato de compraventa mercantil.

Es aquel mediante el cual el vendedor se obliga a transmitir la propiedad de un bien a el comprador, quien se obliga a su vez a pagar un precio cierto y conocido. El objeto de este contrato pueden ser artículos, muebles, mercaderías, inmuebles, acciones y obligaciones de sociedades mercantiles, los productos de la finca o cultivo u otros a los que se refiere la ley

Contrato de permuta mercantil.

Cada uno de los contratantes se obligan a dar una cosa por otra. El objeto es intercambiar bienes.

La consignación mercantil.

Se da cuando una de las partes (consignante) transmite la disponibilidad y no la propiedad de uno o varios bienes muebles a la otra (consignatario) para que le pague un precio por ello en caso de venderlos o los restituya en el caso de no hacerlo.

Contrato mercantil de transporte.

Se da cuando una persona (transportista) se obliga a trasladar personas o bienes de un lugar a otro a cambio del pago de un precio y puede ser por sí o por cuenta de otra persona (el cargador).

Contrato de seguro.

Una de las partes (aseguradora) se obliga, mediante el pago de una prima que hace la otra parte contratante, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

Contrato comisión mercantil.

Se da cuando una de las partes (comitente) confiere o delega un encargo a la otra parte (comisionista) quien se obliga a desempeñarlo y recibe por ello el pago de una comisión.

Glosario

Acto jurídico bilateral: que resulta de la voluntad de dos personas.
Código de Comercio: conjunto de normas y preceptos que regulan las relaciones mercantiles entre diversos individuos o empresas de un mismo territorio
Ley especial: Es la concerniente a una materia concreta o determinadas instituciones o relaciones jurídicas en particular.

Conclusiones

  • Es importante recordar que un contrato es un acuerdo o convenio que produce, transfiere derechos y obligaciones y el contrato mercantil es aquel donde se pactan uno o más actos de comercio.
  • Un contrato mercantil sirve para asegurar tus actos de comercio es decir le da formalidad y certeza a los acuerdos
  • Existen varios tipos de contratos mercantiles, sin embargo, los elementos que deben contar todos ellos son el objeto, el consentimiento y la causa del contrato.
  • Un contrato mercantil minimiza riesgos, te da estabilidad y asegura tus ingresos, además puedes exigir su cumplimiento de manera judicial, situación que no se podría ejecutar si no se tiene un documento base.

Tu turno

Recuerda compartir este artículo, dejarnos tus comentarios y participar con tu experiencia; para ello, puedes utilizar el espacio que ponemos a tu disposición al final del presente texto.
¡Gracias por ser parte de la comunidad!

Bibliografía

    Código de Comercio. Diario Oficial de la Federación, México DF. 13 de diciembre de 1889.

  • Díaz Bravo, Arturo (2012). Contratos Mercantiles. México, IURE Editores,  11ª edición, México.
  • Paredes Sánchez, Luis Eduardo (2014). Derecho mercantil. Parte general y sociedades. Editorial Patria, México.
  • Vásquez Del Mercado, Óscar (2017). Contratos Mercantiles. Editorial Porrúa, 16ª edición, México.

Deja un comentario